Condicions generals de venda i subministrament de béns (EMEA)

Se acuerda y se entiende que estos Términos y Condiciones Generales de Venta y Suministro de Bienes, constituyen las condiciones contractuales legales que se aplican a la venta y suministro de bienes por parte de cualquier empresa operadora de YKK dentro de la región de Europa, Oriente Medio y África (EMEA) (“Proveedor”) y cada cliente del Proveedor (“Cliente”) al que el Proveedor suministra Bienes (como se define a continuación), se aplica en particular a cada Pedido y Contrato (como se define a continuación), en la medida en que lo permita la ley aplicable.

1.- Definiciones e interpretación

1.1 En estas Condiciones, se considerará que los siguientes términos tienen los siguientes significados:

Cláusula” significa una cláusula de estas Condiciones;

Fecha de Inicio” significa la fecha en que el Proveedor acepta por escrito el Pedido realizado por el Cliente;

Condiciones” se refiere a estos términos y condiciones contractuales;

Contrato” significa un contrato entre el Proveedor y el Cliente para la venta y compra de los Bienes relevantes de acuerdo con cada Pedido respectivo bajo estas Condiciones;

Fecha de Entrega” se refiere a la fecha estimada especificada para la entrega de un Pedido en virtud de la Cláusula 4, según lo establecido por el Proveedor al aceptar el Pedido o acordado entre las partes; 

Lugar de Entrega” significa la dirección de entrega de los Bienes, tal como se establece en el Pedido;

Evento de Fuerza Mayor” significa eventos o circunstancias más allá del control razonable de una parte;

Bienes” se refiere a los bienes, fabricados por el Proveedor según la Especificación, establecida en el Pedido;

Pedido” se refiere a un pedido de Bienes enviado por el Cliente al Proveedor en virtud de la cláusula 4;

Precio” significa el precio de los Bienes, indicado en el Pedido o acordado, de otro modo, por las partes;

Especificación” significa la especificación técnica estándar para los Bienes relevantes y para la cual el Proveedor fabrica los Bienes relevantes, según lo publicado por el Proveedor, que se considerará como la especificación acordada a los efectos del Contrato; 

“IVA” significa el impuesto sobre el valor añadido o cualquier impuesto equivalente exigible en la jurisdicción en la que esté constituido el Proveedor o en cualquier otro lugar.

1.2 A menos que el contexto requiera lo contrario, las palabras en singular incluirán el plural y viceversa, y una referencia a escrito o por escrito incluirá el correo electrónico.

1.3 Los encabezados de las cláusulas no afectarán a la interpretación de estas Condiciones. El Pedido y la Especificación forman parte de estas Condiciones y se incorporan a ellas, y cualquier referencia a estas Condiciones incluye el Pedido y la Especificación. En caso de conflicto entre las presentes Condiciones, el Pedido y/o la Especificación, prevalecerán las disposiciones de estas

Condiciones.

1.4 Sujeto a cualquier modificación en virtud de la cláusula 13.1, estas Condiciones forman parte del Contrato y se aplican al mismo, con exclusión de todos los demás términos y condiciones (incluidos los términos o condiciones que el Cliente pretenda imponer en virtud de cualquier Pedido, confirmación de pedido, declaración, solicitud u otro documento) o aquellos que se deriven la ley, la costumbre comercial, la práctica o el curso de las negociaciones.

1.5 Estas Condiciones serán vinculantes, y serán en beneficio, de las partes y sus respectivos sucesores y cesionarios, y las referencias a una parte incluirán a los sucesores y cesionarios de esa parte.

 

2.- Bases del contrato

2.1 Cada Pedido constituye una oferta por parte del Cliente para comprar los Productos indicados en el Pedido de acuerdo con y sujeto a estas Condiciones. El Cliente es responsable de garantizar que los términos de su Pedido sean completos, precisos y apropiados para sus necesidades.

2.2 Cada Pedido solo se considerará aceptado cuando el Proveedor emita una aceptación por escrito del Pedido, momento en el cual, y en esa fecha, el Contrato correspondiente a dicho Pedido entrará en vigor y comenzará. Cada Pedido que sea válidamente aceptado por el Proveedor de acuerdo con esta Cláusula se considerará y se tratará como un Contrato separado e independiente, sin conexión ni efecto respecto de cualquier otro Contrato que nazca en virtud de esta Cláusula.

2.3 Cualquier muestra, dibujo o declaración sobre los Bienes fuera de la Especificación, o la publicidad producida por el Proveedor, así como cualquier descripción o ilustración contenida en los catálogos o folletos del Proveedor o en cualquier otro lugar, no formarán parte del Contrato ni tendrán ninguna fuerza contractual y se producen con el único propósito de dar una idea aproximada de los Bienes.

2.4 Un presupuesto de Bienes proporcionado por el Proveedor no constituirá una oferta. Un presupuesto solo será válido durante el período establecido en el mismo o, en su defecto, 20 días a partir de su fecha de emisión, lo que sea menor.

2.5 Cada Contrato comenzará en la Fecha de Inicio correspondiente y continuará, salvo terminación anticipada conforme a sus términos, hasta que el Cliente haya realizado el pago completo del Precio correspondiente al Pedido de acuerdo con estas Condiciones, momento en el que se extinguirá automáticamente sin previo aviso.

3.- Órdenes

3.1 Los Pedidos se realizarán por escrito utilizando la forma y el formato que requiera el Proveedor en cada ocasión. El Proveedor podrá aceptar o rechazar los Pedidos a su absoluta discreción. El Proveedor podrá, a su discreción, aceptar una modificación de un Pedido por parte del Cliente.

3.2 El Proveedor asignará un número de pedido a cada Pedido que acepte y notificará dicho número de pedido al Cliente. Cada parte utilizará el referido número de pedido en toda la correspondencia relacionada con el Pedido.

3.3 Después de confirmar un Pedido, el Proveedor informará al Cliente, tan pronto como sea razonablemente posible, de la fecha estimada de entrega del Pedido.

3.4 El Cliente es responsable de asegurarse que los Pedidos sean completos y precisos, y que se ajusten al propósito previsto por el Cliente para los Bienes (teniendo en cuenta las Especificaciones de los Bienes solicitados y todas las leyes y regulaciones aplicables). El Cliente proporcionará al Proveedor toda la información necesaria que el Proveedor razonablemente requiera para cumplir con cada Pedido.

3.5 Los Bienes no se venden teniendo en cuenta el uso final, el producto final o el mercado final que el Cliente pueda prever para los Bienes. En consecuencia, es responsabilidad exclusiva del Cliente asegurarse de que los Bienes que solicite (en función de sus Especificaciones) cumplan con todas las regulaciones y requisitos legales aplicables a dichos productos finales y jurisdicciones en las que se comercialicen, incluyendo toda normativa relativa a sustancias restringidas o peligrosas. El Cliente deberá realizar sus propias pruebas de materiales, sustancias y calidad de los Bienes (y de los productos finales en los que se incorporan los Bienes) para garantizar el cumplimiento de sus responsabilidades en virtud de esta disposición.

 

4.- Entrega

4.1 El Proveedor proporcionará un albarán de entrega, en el formato del Proveedor, con cada entrega de Bienes, en el que se indicará el número de pedido, el tipo y la cantidad de Bienes. Es responsabilidad del Cliente comprobar los Bienes entregados y el albarán de entrega correspondiente en el momento de la entrega.

4.2 En caso de que el Proveedor exija al Cliente que devuelva material de embalaje al Proveedor, ello se hará constar en el albarán de entrega. En tal caso, el Cliente pondrá a disposición del Proveedor dichos materiales de embalaje para su recogida en el momento que el Proveedor lo solicite razonablemente. Las devoluciones de los materiales de embalaje especificados correrán a cargo del Proveedor.

4.3 El Proveedor se esforzará por entregar los Bienes en el Lugar de Entrega en la Fecha de Entrega correspondiente. La entrega se considerará completa una vez que los Bienes hayan descargado en el Lugar de Entrega.

4.4 En ausencia de especificaciones de entrega concretas en el Pedido correspondiente, la entrega se realizará según las condiciones FOB/FCA de acuerdo con la versión más reciente de los Incoterms.

4.5 Las fechas de entrega son meramente aproximadas y el tiempo de entrega no es esencial. El Proveedor no será responsable de ningún retraso en la entrega ni de la falta de entrega de los Bienes cuando sea causado por un Evento de Fuerza Mayor o por el incumplimiento del Cliente al no proporcionar al Proveedor las instrucciones de entrega adecuadas o cualquier otra instrucción que sea relevante para el suministro de los Bienes.

4.6 Si el Proveedor no entrega los Bienes en la Fecha de Entrega correspondiente, en la medida en que exista responsabilidad por dicho incumplimiento ésta se limitará a los costes y gastos incurridos por el Cliente para obtener los bienes de reemplazo más económicos posibles en el mercado con una descripción y calidad similares, menos el Precio de los Bienes.

4.7 Si transcurridos14 días a la fecha en que el Proveedor intentó realizar la entrega de los Bienes, el Cliente no ha aceptado dichos Bienes, el Proveedor podrá revender o disponer de otra forma de los Bienes.

4.8 Si el Proveedor entrega hasta, aproximadamente, un 5% de la cantidad de Bienes solicitados, el Cliente no podrá rechazarlos, pero cuando el Proveedor reciba la notificación por parte del Cliente de que se entregó una cantidad incorrecta de Bienes, se realizará un ajuste proporcional en la factura del Pedido.

4.9 El Proveedor podrá entregar los Pedidos en varias entregas parciales, las cuales se facturarán y pagarán por separado. El Cliente no podrá cancelar una entrega parcial debido a un retraso o defecto en otra entrega parcial.

5.- Calidad e idoneidad para el proposito

5.1 El Proveedor garantiza que, durante un período de 12 meses a partir de la Fecha de Entrega (“Período de Garantía”), los Bienes:

(a) Cumplirán, en todos los aspectos materiales, con la Especificación; y

(b) estarán libres de defectos materiales de diseño, material y mano de obra. A efectos aclaratorios, las variaciones en los componentes de las materias primas, la composición química y las sustancias de trazas de elementos (ya sea que superen los umbrales establecidos en el Proveedor u otros estándares o declaraciones de calidad o no) que no alteren de manera material el rendimiento, la calidad o la seguridad del producto se consideran libres de defectos materiales en virtud del Contrato.

5.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 5.3, si:

(a) el Cliente notifica por escrito al Proveedor durante el Período de Garantía, y de forma inmediata tras descubrir que los Bienes no cumplen con las garantías establecidas en la cláusula 5.1;

(b) se le da al Proveedor una oportunidad razonable para inspeccionar y analizar dichos Bienes; y

(c) el Cliente, a su cargo, (si así se lo solicita el Proveedor) devuelve dichos Bienes al domicilio del Proveedor, el Proveedor, a su elección, reparará o reemplazará los Bienes que determine defectuosos o reembolsará el Precio en su totalidad de dichos Bienes defectuosos.

5.3 El Proveedor no será responsable por el incumplimiento de las garantías de la cláusula 5.1 respecto de los Bienes si:

(a) el Cliente hace uso de dichos Bienes después de notificar los defectos en virtud de la cláusula 5.2;

(b) el defecto surge porque el Cliente no siguió las instrucciones orales o escritas del Proveedor en cuanto al almacenamiento, la instalación, el uso o el mantenimiento de los Bienes, o no siguió las buenas prácticas comerciales con respecto a los mismos, o utilizó los Bienes en contravención de la ley;

(c) el Cliente altera o repara dichos Bienes, incluso durante el proceso de incorporación de los Bienes a los productos del Cliente;

(d) el defecto surge debido al desgaste normal, daño intencional, negligencia o condiciones anormales de almacenamiento, funcionamiento fabricación; o

(e) los Bienes difieren de la Especificación debido a los cambios realizados para garantizar el cumplimiento de los requisitos legales o reglamentarios aplicables.

5.4 La única responsabilidad del Proveedor ante el Cliente si los Productos no cumplen con las garantías anteriores es la establecida en esta cláusula 5.

5.5 Los términos implícitos por ley están, en la medida en que lo permita la ley, excluidos del Contrato.

5.6 Los términos del Contrato se aplicarán a cualquier Bien reparado o reemplazado suministrado por el Proveedor.

6.- Titulo y riesgo

6.1 El riesgo sobre los Bienes se transmitirá al Cliente una vez que los Bienes hayan sido descargados en el Lugar de Entrega.

6.2 La propiedad de los Bienes solo se transferirá al Cliente una vez que el Proveedor reciba el pago completo (en fondos disponibles) por ellos.

6.3 Hasta que la propiedad de los Bienes se haya transferido al Cliente, éste deberá:

(a) almacenar los Bienes por separado de todos los demás bienes en poder del Cliente para que permanezcan fácilmente identificables como propiedad del Proveedor;

(b) no eliminar, desfigurar u oscurecer ninguna marca de identificación o embalaje en los Bienes o relacionada con ellos;

(c) mantener los Bienes en condiciones satisfactorias y asegurarlos contra todo riesgo por su precio total desde la Fecha de Entrega;

(d) notificar inmediatamente al Proveedor si se ve afectado por cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 11.1;

(e) proporcionar al Proveedor la información que razonablemente pueda requerir en relación con:

(i) los Bienes; y

(ii) la situación financiera actual del Cliente.

6.4 El Proveedor podrá recuperar los Bienes cuya propiedad no haya transferido al Cliente. El Cliente otorga autorización irrevocable al Proveedor, a sus empleados y agentes, para entrar en las instalaciones del Cliente (incluso con vehículos), con el fin de verificar que el Cliente cumple con esta cláusula y recuperar los Bienes cuya propiedad no se haya transferido aún al Cliente.

6.5 El Proveedor podrá, en cualquier momento después de la entrega, optar por transferir la propiedad de los Bienes al Cliente, en cuyo caso el Cliente pagará inmediatamente el Precio al Proveedor.

7.- Retiradas de productos

7.1 Si el Cliente es objeto de una solicitud, orden judicial u otra directiva de una autoridad gubernamental o autoridad competente para retirar/recuperar cualquier Bien (o productos que incorporen los Bienes) del mercado (“Aviso de retirada”), lo notificará inmediatamente al Proveedor por escrito adjuntando una copia del Aviso de retirada.

7.2 A menos que lo exija la ley, en circunstancias en las que el Cliente alegue que una retirada/recuperación es causada por un defecto u otro problema con los Bienes, el Cliente no podrá retirar ni recuperar los Bienes (o productos que incorporen los Bienes) sin el permiso por escrito del Proveedor, y solo en cumplimiento de las instrucciones del Proveedor en cuanto a cómo llevar a cabo dicha retirada /recuperación y haciendo todos los esfuerzos razonables para mitigar el daño /costo para el Proveedor.

8.- Precio y pago

8.1 El Cliente pagará los Bienes de conformidad con esta cláusula 8.

8.2 El Precio no incluye los importes en correspondientes al IVA (o impuesto sobre el valor añadido/agregado o el impuesto sobre el consumo equivalente), que el Cliente deberá pagar adicionalmente al Proveedor al tipo vigente (si procede), sujeto a la recepción de una factura válida

con IVA (o equivalente).

8.3 El Proveedor podrá facturar al Cliente el Precio de los Bienes más el IVA (o el impuesto sobre el valor añadido/agregado o el impuesto al consumo equivalente) a la tasa vigente (si procede) en el momento o en cualquier momento posterior a que el Proveedor acepte y confirme el Pedido correspondiente. El Proveedor se asegurará de que la factura incluya la fecha del Pedido, los números de pedido/factura, el número de IVA del Proveedor (o equivalente) y toda la documentación justificativa que el Cliente pueda requerir razonablemente.

8.4 El Cliente pagará cada factura válida del Proveedor en su totalidad y en fondos disponibles dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la factura. El pago se realizará a la cuenta bancaria designada por escrito por el Proveedor.

8.5 Si el Cliente no realiza cualquier pago adeudado al Proveedor en virtud del Contrato antes de la fecha de vencimiento del pago, entonces, sin perjuicio de los demás recursos del Proveedor en virtud de estas Condiciones:

(a) el Cliente pagará intereses sobre la suma vencida desde la fecha de vencimiento hasta el pago de la suma vencida, ya sea antes o después de la sentencia. Los intereses en virtud de esta cláusula se devengarán cada día al 4% anual por encima del tipo básico del Banco de Inglaterra en cada momento, pero al 4% anual durante cualquier período en el que ese tipo base sea inferior al 0%.

(b) el Proveedor podrá suspender todas las entregas posteriores de Bienes hasta que el pago se realice en su totalidad.

8.6 Todos los importes adeudados por el Cliente al Proveedor en virtud de estas Condiciones se pagarán en su totalidad sin compensación, reconvención, deducción o retención alguna (excepto por deducciones o retenciones fiscales según lo exija la ley aplicable). El Proveedor podrá, en cualquier momento y sin perjuicio de ninguno de sus otros derechos o recursos, compensar cualquier cantidad que se le adeude con cualquier cantidad pagadera por el Proveedor al Cliente, incluso en virtud de diferentes Contratos.

9.- Limitación de responsabilidad

9.1 Nada de lo dispuesto en estas Condiciones limitará o excluirá la responsabilidad del Proveedor por cualquier asunto respecto del cual sería ilegal para el Proveedor excluir o restringir su responsabilidad.

9.2 Sujeto a la cláusula 9.1:

(a) el Proveedor no será responsable ante el Cliente, ya sea por contrato, por responsabilidad extracontractual (incluida la negligencia), por falsedad, por restitución o por cualquier otro modo, por cualquier pérdida de beneficios o cualquier pérdida indirecta o consecuente que surja en virtud o en relación con el Contrato; y

(b) la responsabilidad total del Proveedor ante el Cliente por todas las demás pérdidas que surjan en virtud del Contrato o en relación con él, ya sea por contrato, responsabilidad extracontractual (incluida la negligencia), falsedad, restitución o de otro modo, no excederá las sumas totales pagadas y/o pagaderas por el Cliente por los Bienes en virtud del Contrato.

10.- Cumplimiento de las leyes pertinentes y antisoborno

10.1 En el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato, las partes cumplirán con toda la legislación y normativa aplicable en vigor en cada momento, y el Proveedor no será responsable en virtud de estas Condiciones si, debido a dicho cumplimiento, incumple cualquiera de sus obligaciones en virtud del presente documento.

10.2 Al celebrar el Contrato, el Cliente se obliga a cumplir con todas las leyes aplicables relativas al soborno y/o la corrupción (“Leyes Anticorrupción”), incluyendo que no ofrecerá ni aceptará, directa o indirectamente, dinero indebido o cualquier cosa de valor a o de cualquier funcionario gubernamental o parte privada, para obtener una ventaja indebida, asegurar el uso indebido de la posición de esa persona, facilitar o agilizar una acción gubernamental, o proporcionar recompensas ilegales.

10.3 El Cliente podrá rescindir inmediatamente el Contrato por incumplimiento de esta cláusula por parte del Proveedor.

11.- Terminación

11.1 Sin perjuicio de sus otros derechos o recursos, cualquiera de las partes podrá rescindir el Contrato con efecto inmediato mediante notificación por escrito a la otra parte si:

(a) la otra parte incumple sustancialmente el Contrato y (si es subsanable) no lo subsana dentro de los 14 días posteriores a la notificación por escrito a esa parte solicitando la subsanación;

(b) que la otra parte adopte cualquier medida o acción en relación con su entrada en administración, liquidación provisional o cualquier convenio o acuerdo con sus acreedores (que no sea en relación con una reestructuración solvente), la obtención de una moratoria, la liquidación (ya sea voluntaria o por orden judicial, a menos que sea con el fin de una reestructuración solvente), el nombramiento de un administrador judicial/concursal sobre cualquiera de sus activos o el cese de la actividad empresarial;

(c) la otra parte suspende o amenaza con suspender, o cesa o amenaza con cesar, la totalidad o una parte sustancial de su negocio; o

(d) la situación financiera de la otra parte se deteriora hasta el punto de justificar razonablemente la opinión de que su capacidad para hacer efectivas estas Condiciones está en peligro.

11.2 Sin perjuicio de sus otros derechos o recursos, el Proveedor podrá rescindir el Contrato con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Cliente si el Cliente no paga cualquier cantidad adeudada en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento del pago y permanece en mora durante 30 días o más tras haber sido notificado por escrito para realizar el pago.

11.3 La terminación del Contrato no afectará a ninguno de los derechos y recursos de las partes que se hayan acumulado en el momento de la terminación, incluido el derecho a reclamar daños y perjuicios con respecto a cualquier incumplimiento del Contrato ocurrido antes de la fecha de terminación o en la misma fecha de terminación. Cada contrato celebrado en virtud de estas Condiciones y de acuerdo con ellas puede rescindirse de forma independiente de los demás , y la terminación de un Contrato no afectará automáticamente a la de los demás.

11.4 Cualquier disposición del Contrato que expresa o implícitamente tenga la intención de entrar en vigor o mantenerse en vigor tras la terminación, permanecerá en pleno vigor y efecto.

12.- Confidencialidad y protección de datos

12.1 Cada parte se obliga a no revelar a ninguna persona ninguna información confidencial relativa al negocio, asuntos, clientes, usuarios o proveedores de la otra parte o de cualquier miembro del grupo al que pertenezca la otra parte, excepto según lo permitido por la cláusula 12.2(b). A los efectos de esta cláusula, se entenderá por “grupo” con respecto a una parte, dicha parte, cualquier filial o sociedad matriz de esa parte, y cualquier filial de una sociedad matriz de esa parte.

12.2 Cada parte podrá divulgar la información confidencial de la otra parte:

(a) a sus empleados, directivos, representantes o asesores que necesiten conocer dicha información con el fin de ejercer los derechos de la parte o cumplir con sus obligaciones en virtud de este Contrato o en relación con él; y

(b) según lo exija la ley, un tribunal o una autoridad gubernamental con jurisdicción competente.

12.3 Ninguna de las partes utilizará la información confidencial de la otra parte para ningún otro propósito que no sea el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.

12.4 En el marco del Contrato, se puede exigir a las partes que procesen Datos Personales (definidos como cualquier información relacionada con una persona física identificada o identificable) de cualquiera de los representantes de la otra parte según lo dispuesto en el Contrato. Cada una de las partes cumplirá con los requisitos aplicables del Reglamento General de Protección de Datos de la UE (2016/679) (RGPD) en relación con el tratamiento de Datos Personales en virtud del Contrato.

13.- General

13.1 Ninguna modificación del Contrato será válida a menos que se haga por escrito y esté firmada por ambas partes (o sus representantes autorizados).

13.2 En relación con cada Contrato, cada parte acuerda que:

(a) estas Condiciones constituyen el acuerdo completo entre las partes y sustituyen y anulan todos los acuerdos, promesas, seguridades, garantías, declaraciones y entendimientos previos entre ellas, ya sean escritos u orales, relacionados con ese Contrato; y

(b) no tendrá derecho a recursos o reclamaciones con respecto a cualquier declaración, manifestación, garantía o promesa (ya sea hecha de manera inocente o negligente) que no esté establecida en estas Condiciones. Cada parte acepta que no podrá presentar reclamaciones por declaraciones falsas inocentes o negligentes basadas en cualquier declaración contenida en estas Condiciones.

13.3 Ninguna de las partes incumplirá el Contrato ni será responsable de retrasos en el cumplimiento o incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato, si dicho retraso o incumplimiento se deriva de un Evento de Fuerza Mayor. Si dicho período de retraso o incumplimiento se prolonga durante 8 semanas, la parte no afectada podrá resolver el presente Contrato mediante notificación inmediata por escrito a la parte afectada.

13.4 El Cliente no podrá ceder, transferir, gravar, subcontratar, delegar, declarar un fideicomiso sobre, ni disponer de ningún otro modo sobre cualquiera o todos sus derechos u obligaciones en virtud del Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor.

13.5 El Proveedor podrá, en cualquier momento, ceder, transferir, gravar, subcontratar, delegar, declarar un fideicomiso sobre, o disponer de cualquier otro modo de cualquiera o de todos sus derechos en virtud del Contrato.

13.6 Ninguna omisión o demora por parte de una parte en el ejercicio de cualquier derecho o recurso previsto en el Contrato o por la ley, constituirá una renuncia a ese o cualquier otro derecho o recurso, ni impedirá o restringirá su ejercicio posterior. El ejercicio parcial o único de dicho derecho o recurso no impedirá ni restringirá el ejercicio posterior de ese o cualquier otro derecho o recurso.

13.7 Si alguna disposición o parte de la disposición del Contrato fuera o llegara a ser inválida, ilegal o inaplicable, se considerará modificada según sea necesario para que sea válida, legal y aplicable. Si dicha modificación no fuera posible, la disposición o parte de la disposición correspondiente se considerará eliminada. Cualquier modificación o supresión de una disposición o parte de una disposición en virtud de esta cláusula no afectará a la validez o aplicabilidad del resto del Contrato.

13.8 Nadie que no sea parte de este Contrato tendrá derecho a hacer cumplir cualquiera de sus términos.

14.- Notificaciones

14.1 Cualquier notificación u otra comunicación que se envíe a una parte en virtud del Contrato o en relación con él se hará por escrito, dirigida a esa parte en su domicilio social o en cualquier otra dirección que esa parte pueda haber especificado a la otra parte por escrito de acuerdo con esta cláusula, y deberá entregarse personalmente, o enviarse por correo de primera clase prepagado u otro servicio de entrega al siguiente día hábil, mensajería comercial o correo electrónico.

14.2 Se considerará que una notificación u otra comunicación ha sido recibida: si se entrega en mano, en el momento en que se deja en la dirección mencionada en la cláusula 14.1; si se envía por correo de primera clase prepagado u otro servicio de entrega al siguiente día hábil, a las 9:00 a.m. del segundo día hábil posterior al envío; si se entrega por mensajería comercial, en la fecha y en el momento en que se firma el comprobante de entrega del mensajero; o, si se envía por correo electrónico, un día hábil después de su transmisión.

15.- Legislación aplicable

15.1 El Contrato, así como cualquier disputa o reclamación (incluidas las disputas o reclamaciones no contractuales) que surjan de o en relación con el Contrato o con su objeto o su formación, se regirán e interpretarán de acuerdo con la legislación de la jurisdicción en la que esté constituida la entidad del Proveedor.

15.2 Cada parte acuerda irrevocablemente que los tribunales de la jurisdicción en la que esté constituida la entidad del Proveedor tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa o reclamación (incluidas las disputas o reclamaciones no contractuales) que surjan de o en relación con el Contrato, su objeto o su formación.

Desplaçat dalt de tot